La defensa del Bien Común es la condición indispensable para el progreso. El Estado debe garantizar siempre el respeto sobre todo aquello que es valioso para una sociedad, promoviendo -como máxima institución de ordenamiento jurídico social que es- un constante mejoramiento en las condiciones de vida. Garantizar derechos humanos es una acción indiscutible de Bien Común, concepto que se empieza a estudiar con los filósofos griegos de la Antigüedad, Platón (c. 427 – c. 347 a. C.) y Aristóteles (384-322 a. C.). Posteriormente, a través de la tradición escolástica, Santo Tomás de Aquino afirmará en su Summa Teológica que “toda ley se ordena al bien común”.
De acuerdo a su concepción filosófica, el bien representa el valor supremo de la moral. Desde un punto de vista económico, corresponde a cualquiera de las cosas susceptibles de satisfacer necesidades humanas. Aristóteles llamaba bienes a los medios que sirven para la vida y el bienestar, reconociendo que los hombres libres no están sometidos a hacer esto o aquello según la ocasión, sino que todas sus funciones, o la mayor parte de ellas, están reguladas, a diferencia de los esclavos y las bestias de carga, donde su actuar depende de las circunstancias. Este sería el principio que constituye la naturaleza de cada uno, donde el actuar de los hombres libres se orienta a la armonía del conjunto.
Desde una concepción abarcativa, el Bien Común Social es la promoción del desarrollo sano, fuerte e integral de un Pueblo. Por desarrollo no debe entenderse lo estrictamente material –prédica materialista marxista– sino todo aquello que eleve a las personas desde lo espiritual, cultural, ético, físico y material. Para la cosmovisión nacionalista, desarrollo integral es sinónimo de convencimiento ético de que el Bien Común debe estar por encima de todo provecho individualista y sectario.
El Bien Común Social es una actitud ética frente a los problemas existentes, que se manifiesta a través de un estilo para llevar adelante acciones concretas más que una ley estrictamente económica o matemática. Todo sistema económico que cumpla con requisitos éticos básicos, que sea útil para llevar al Pueblo a un nivel de vida superior en el sentido amplio de realización puede considerarse como un verdadero Orden ético-social. Los sistemas económicos son simplemente herramientas, medios, y por tanto están sujetos a modificaciones según las circunstancias. Lo único inmutable son los principios éticos conformes e inherentes al Bien Común.
En las sociedades hay elementos antisociales y disolventes en sí mismos, elementos aberrantes y abiertamente contrarios a toda ética: La usura, la especulación, el anonimato, la lucha de clases, la dependencia, la explotación, la degradación del Orden Natural. Y esa degradación y materialización de la vida se impone desde los bancos de cerebro del Nuevo Orden Mundial y con la clara intención de adormecer espíritus, de someter mediante gobernanza mundialista. En un mundo dominado por ideas materialistas -tanto del capitalismo como del marxismo- es lógico confundir Ética con interés, Bien Común con provecho personal, Pueblo Organizado con clases, Bien Común Social con marxismo.
Para promover un trato de honor hacia todos los compatriotas, hacia todos los connacionales, el gobernante debe poseer sí o sí libertad de acción para ello, debe ostentar un “Real Señorío de lo Propio” para el ejercicio soberano de su gran misión. Sin Soberanía Política ni Independencia Económica no podrá haber nunca gobernante justo, honesto y servidor abnegado de la grandeza de la Nación. En la promoción del Bien Común Social primero debe haber una verdadera unión entre todos sus integrantes, una fraternidad sincera en aras de la construcción de la verdadera paz social. Y en segundo lugar –como consecuencia lógica– se debe premiar el mérito, el deber, la responsabilidad, el sacrificio. A su vez, este orden público se concibe bajo las ideas complementarias de ser un conjunto de reglas escritas y no escritas, de carácter jurídico, público o privado, que según una determinada concepción ético-moral dominante se asume como la condición primigenia y básica para la vida social; y como un conjunto de principios éticos, ideas o concepciones sociales que formarán la cultura jurídica de un país, para realizarse por los individuos atendiendo a lo previsto en las normas.
El Bien Común es la suma de aquellas condiciones que permitan satisfacer la necesidad de logro de los miembros de la comunidad. Implica que las estructuras sociales deben ser diseñadas de tal forma que permita que sus integrantes tengan la oportunidad de participar y de satisfacer necesidades humanas básicas. La autoridad sólo se ejerce legítimamente si la misma busca en su accionar el bien y el progreso de todo grupo, si para alcanzarlo se emplean medios moralmente lícitos. Si los dirigentes proclaman leyes injustas o toman medidas contrarias al orden moral, la propia autoridad se desmorona por completo y sobreviene el caos. Todo sistema político será admisible en la medida que promueva el bien legítimo de la Comunidad que los adopta. Los regímenes cuya naturaleza son contrarias a la ley natural, al orden público y a los derechos fundamentales de las personas, no pueden realizar el Bien Común de las naciones en las que se han impuesto, plantearlo sería una contradicción en sí misma.
El objetivo de la sociedad lo constituye el bien de todos sus integrantes, por lo que este bien es común a todos: El Bien Común es el bien de sus miembros, puesto que forman parte de la sociedad porque el fin de la sociedad no es independiente del fin de sus miembros. El factor humano siempre será el principio, el sujeto y el fin de todas las instituciones sociales. Todo verdadero Nacionalismo siempre será aquel que mantenga el equilibrio de intereses dentro de una Comunidad Nacional y a través de un sano concepto de Bien Común Social. Las verdaderas y radicales transformaciones son aquellas que tienen un profundo contenido de transformación integral.
Darío Coria, profesor de Historia y Ciencias Sociales.